Tribunal internacional admitió reclamo de petrolera Perenco contra Ecuador

Perenco no aceptó las nuevas reglas que impuso el gobierno para la explotación petrolera.
24 jul 2014 , 08:30
Redacción

Perenco no aceptó las nuevas reglas que impuso el gobierno para la explotación petrolera.

Tras seis años de litigio, un tribunal arbitral internacional admitió, parcialmente, los reclamos presentados por la petrolera francesa Perenco, en contra del estado ecuatoriano. Ahora Ecuador se prepara para la etapa de daños,  en la que se calculará la indemnización que el país deberá pagar.

 

Perenco tenía un contrato de explotación petrolera con el estado ecuatoriano y no aceptó las nuevas reglas que impuso el gobierno.

 

En abril de 2008, la petrolera francesa Perenco demandó al Ecuador por no estar de acuerdo con la ley 42 que la obligaba a entregar al estado el 99% de sus ganancias extraordinarias.

 

Un tribunal internacional del Ciadi o Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a inversiones, conoció el caso, después de 6 años ha resuelto acoger los dos principales reclamos de la empresa:

 

- Por el incumplimiento del estándar de "trato justo y equitativo" del tratado bilateral de inversiones firmado entre Ecuador y Francia.

 

- Por considerar una expropiación a la declaratoria de caducidad de los contratos de Perenco y Burlington, empresas que de forma conjunta operaban los bloques 7 y 21 y abandonaron los campos en 2009.

 

Con este fallo, Ecuador debe prepararse para la etapa de daños en la que se calculará la indemnización que tendrá que pagar a la petrolera.

 

La Procuraduría General del Estado solo fue notificada con la parte resolutiva, el tribunal anunció que la sentencia completa se enviará a finales de agosto.

 

Al respecto, a través de un comunicado, el procurador Diego García indicó:

 

"...el Estado ecuatoriano comparecerá a la etapa de daños -que se desarrollará durante el próximo año- con la correspondiente reserva de derechos, pues la comunicación por parte del tribunal de únicamente la parte resolutiva de su decisión, aplazando para después la motivación de la misma, se constituiría en causal para una eventual revisión o anulación del laudo".

 

Además, dijo que existen contradicciones en la decisión de los jueces y que se evidencia la falta de seguridad del sistema de arbitraje de inversiones.