El RIMPE está vigente desde el 2021.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una nueva resolución que actualiza las normas para el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), introduciendo cambios significativos en la forma en que los contribuyentes bajo este régimen deben cumplir con sus obligaciones tributarias.
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¿Qué ha cambiado en el RIMPE?
Exclusión del régimen:
Se ha clarificado que las personas naturales que se dedican exclusivamente a un trabajo en relación de dependencia están excluidas del RIMPE, siempre y cuando esta información esté registrada en el RUC. Cambios de categoría:
Los emprendedores pueden actualizar su información en el RUC en cualquier momento para cambiar de categoría dentro del RIMPE. Además, se ha detallado el procedimiento para aquellos que deseen pasar de emprendedor a negocio popular. Obligaciones formales:
Se ha establecido la obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos para los emprendedores, aunque los negocios populares pueden optar por seguir utilizando comprobantes preimpresos. Plazos para la declaración de impuestos: Los plazos para la declaración de impuesto a la renta han cambiado. Ahora, las sociedades deben declarar en abril y las personas naturales y negocios populares en mayo.
Los plazos para la declaración de impuesto a la renta han cambiado. Ahora, las sociedades deben declarar en abril y las personas naturales y negocios populares en mayo. Beneficios para los contribuyentes
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Estas nuevas normas buscan simplificar el cumplimiento tributario para los emprendedores y negocios populares, otorgándoles mayor flexibilidad y adaptándose a sus necesidades. Algunos de los beneficios incluyen:
Mayor facilidad para cambiar de categoría: Los emprendedores pueden ajustar su situación tributaria de acuerdo a las necesidades de su negocio. Claridad en las obligaciones: Las nuevas normas ofrecen una guía más detallada sobre los requisitos que deben cumplir los contribuyentes del RIMPE. Simplificación de algunos procedimientos: Se han eliminado algunos trámites burocráticos, agilizando los procesos. Para conocer todos los detalles de la nueva resolución y resolver cualquier duda, te recomendamos visitar la página web del Servicio de Rentas Internas o consultar a un asesor tributario.