Todo el trámite para el porte y tenencia de armas tomaría entre tres a cuatro semanas; pero todavía se definen algunos trámites, por lo que los interesados podría arrancar con el papeleo en unas cuatro semanas.
Nota actualizada el 18 de abril a las 08:00
Quien desee portar o tener un arma debe cumplir varios requisitos que están contemplados en el acuerdo ministerial emitido el pasado 14 de abril por la cartera de Defensa.
Ese documento hace una diferenciación entre permiso, que aplica para personas naturales; y la autorización, para empresas de seguridad privada, entre otras.
En estos últimos documentos se regula cada escenario: compañías de vigilancia y seguridad privada; Cuerpo de Vigilancia Aduanera; clubes de tiro, caza y pesca; comerciantes importadores de armas, municiones y accesorios; para almacenamiento de explosivos; entre otros. Son más de 50 artículos, en la norma, que detallan los certificados necesarios.
En el caso de permisos hay cinco documentos para personas naturales: tenencia y porte de armas de fuego letales; tenencia y porte de armas de fuego no letales; y permiso de porte de aerosol, spray y gas pimienta.
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Requisitos para los permisos de porte y tenencia de armas letales:
Oficio dirigido al Director de Control de Armas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que justifique el requerimiento para portar un arma de fuego y que declare que será utilizado para defensa personal. Factura de pago de un servicio básico del último mes, o contrato de arrendamiento registrado ante autoridad competente, o impuesto predial del domicilio a nombre del requirente o certificación del propietario del bien que determine que el solicitante se encuentra domiciliado en esa dirección. Factura, contrato de compra-venta, transferencia de dominio (cesión de derechos), del arma a registrar. Certificado Biométrico (AFIS y AVIS+F), emitido por la Policía Nacional. Informe de Evaluación Psicológica Forense, elaborado por un profesional de la salud con título de tercer nivel en el campo de la psicología y de cuarto nivel en el campo de psicología forense, debidamente habilitado para el ejercicio profesional. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente. Informe de Evaluación Psiquiátrica, elaborado por un profesional de la salud médico/a, con título de cuarto nivel en psiquiatría, debidamente habilitado para el ejercicio profesional. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente. Informe de Análisis Toxicológico, emitido por un establecimiento de salud del Sistema Nacional de Salud, debidamente habilitado para su funcionamiento. El informe deberá ser reconocido por la autoridad sanitaria nacional, a través del certificado correspondiente. El informe de Evaluación Psicológica Forense y el Informe de Análisis Toxicológico deberán expresar criterio favorable o no favorable, según el caso, para la obtención del permiso; en tanto que, el Informe de Evaluación Psiquiátrica deberá expresar que no existen problemas asociados al consumo problemático del alcohol y otras drogas. Los informes, a efectos de su ingreso al Sistema de Control de Armas, tendrán una vigencia máxima de tres meses a partir de la fecha de su emisión. En los certificados de reconocimiento emitidos por la autoridad sanitaria nacional constarán los datos de quien elaboró el informe de Evaluación Psicológica Forense, Informe de Evaluación Psiquiátrica e Informe de Análisis Toxicológico (registro de la habilitación profesional, cédula, teléfonos y dirección del establecimiento de salud, entre otros datos informativos), para cotejar, verificar y confirmar, de ser el caso, el proceso de emisión y legalización de estos documentos. Certificado de no registrar antecedentes penales actualizado hasta 8 días antes de la fecha de solicitud del permiso. Certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgado por la autoridad competente. Certificado de destreza en el manejo y uso del arma de fuego emitido por el Ministerio de Defensa Nacional o sus delegados en cada jurisdicción. Pago por concepto de gastos administrativos 15 % de un Salario Básico Unificado (SBU). Para el porte y tenencia de armas no letales debe cumplir requisitos similares a los anteriores, la diferencia es que no necesita una prueba toxicológica ni un informe psiquiátrico y el costo es de $45.
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El porte de aerosol, spray o gas pimienta también está regulado y debe cumplir tres requisitos: no tener antecedentes penales, ni denuncias o demandas por violencia, de género y el pago de $9.
Todavia hay trámites que no están definidos
En entrevista para Contacto Directo, el general Manuel Dávila, explicó detalles del procedimiento para obtener los permisos de porte y tenencia de armas.
Todavía tienen prevista una reunión entre el Ministerio de Defensa, Fuerzas Armadas, Ministerio del Interior y Ministerio de Salud para definir algunos temas pendientes. Por ejemplo: ¿los informes psicológico y psiquiátrico se obtendrán en centros de salud del Ministerio o en particulares?
Explicó que la mayoría del trámite se debe hacer de manera virtual, a través del sistema informático de control de armas. Solo deberá presentarse de manera presencial por dos motivos: para la prueba balística que permite verificar la trazabilidad de los proyectiles y que eso quede registrado en el sistema informático, y para tomarse la foto del carnet.
Incluso los documentos de certificados deberá cargarlos en ese sistema informático, en formato PDF. Los especialistas verificarán que sean reales y luego le notificarán vía correo electrónico los siguientes pasos.
Todo el trámite tomaría entre tres a cuatro semanas, pero para que alguien pueda iniciar, es decir, que cada procedimiento esté en firme, todavía se necesitarán unas cuatro semanas.