Porte de armas: estas son las prohibiciones para instituciones educativas y de salud
El ministerio de Educación publicó un documento con las prohibiciones específicas de la tenencia, porte y manejo de armas, explosivos y sustancias que pongan en riesgo la vida o la integridad en las instituciones educativas. Esto, tras la entrada en vigencia del acuerdo 145, emitido por el ministerio de Defensa.
En la comunidad educativa no se podrán usar armas en planteles, tampoco en expresos escolares, ni en instalaciones de esta cartera de Estado y en espacios que se utilicen para actividades académicas- donde acudan alumnos y docentes. La misma restricción se aplicará en las zonas cercanas a dichas áreas.
LEA: Todo lo que debe saber del porte de armas de fuego no letales
Mientras que, en las entidades de salud también se prohíbe el porte de armas a las personas naturales, en el interior de las instalaciones de unidades y prestadores de servicios de salud públicas y privadas.
La misma restricción se aplica en áreas de atención a personas, tanto particulares o del estado donde exista concentración de usuarios. Las prohibiciones no se aplican para el personal especializado en brindar seguridad y custodiar todas estas instalaciones.