La Corte del Guayas ratifica sentencia por peculado contra ocho personas, en caso Fundas para Cadáveres
Los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, de forma unánime, ratificaron la sentencia contra Susana M., Cristina G., Johana V., Sandra O., Lenin R., Alejandro B., Daniel S. y Jorge S. por el peculado. Este fue cometido en la adquisición de fundas para cadáveres y otros insumos médicos en el Hospital Los Ceibos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), en Guayaquil, informó la Fiscalía General.
En julio de 2021, siete de ellos fueron condenados por el Tribunal de Garantías Penales a 13 años de cárcel (tres autores directos y cuatro coautores). Uno (cómplice) a seis años y seis meses, luego de que la Fiscalía demostrara que las fundas fueron adquiridas con sobreprecio en medio de la emergencia por la pandemia del covid-19.
En el desarrollo de la audiencia de apelación, efectuada el 13 de mayo de 2024, la defensa de los sentenciados manifestó que la Fiscalía no probó la materialidad del delito, pues el pago del contrato objeto de la investigación no se habría cancelado al proveedor, por lo que –supuestamente– no había perjuicio al Estado.
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El fiscal de la Unidad Nacional de Transparencia y Lucha contra la Corrupción que llevó el caso argumentó que, en la audiencia de juicio –y con base en las pruebas presentadas– se demostró que funcionarios del Hospital dispusieron arbitrariamente de fondos públicos para la adjudicación de un contrato sin contar con estudio de mercado adecuado y la justificación del incremento en los rubros de los insumos, como las fundas para cadáveres, para cuya adquisición se asignó una partida presupuestaria de USD 872 000.
Además, Fiscalía señaló que no se habría procedido al pago por parte de la entidad contratante (IESS), debido a las denuncias públicas y posterior investigación de la institución. No obstante, los servidores públicos efectuaron los trámites administrativos y contractuales para disponer de recursos del Estado de manera arbitraria y así adquirir insumos que al parecer tenían sobreprecio, por lo que su actuación no es justificable por la disposición y abuso de dinero público.
La Fiscalía solicitó a la Sala Penal que la sentencia de primera instancia sea ratificada en todas sus partes, por lo que los magistrados que conocieron la causa rechazaron la petición de las defensas de los sentenciados y acogieron el pedido de la Institución.
Lo que dice la ley
La Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona al peculado con una pena privativa de libertad de 10 a 13 años.
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