Quito: persona que agredió a un perro en Guamaní podría ser multada con USD 4.500

Según datos de la Agencia Metropolitana de Control (AMC), en lo que va del 2023 se ha sancionado a 18 personas por maltrato animal.
Personal de la UBA rescató a Sargento y lo llevó a un centro de acogida. ()
31 ene 2023 , 06:29
Redacción y Televistazo

El video que registró la golpiza a un perro en Guamaní, sur de Quito, causó conmoción en las redes sociales y otras plataformas de Internet. En las imágenes se observa cómo su agresor lo levanta de la cabeza, lo golpea contra el piso, lo patea.

El hecho ocurrió ante la atenta mirada de quien sería su dueña. "Hubo un maltrato evidente hacia un animal de compañía. Un perro que presuntamente se había comido unos conejos y por reacción de sus tutores lo agredieron físicamente contra el piso y atacándole con objetos", manifestó Andrés Tufiño, coordinador técnico de la Unidad de Bienestar Animal (UBA) del Municipio.

Personal de esa entidad rescató a la mascota que se llama Sargento y se inició el proceso administrativo sancionador. Existen algunas infracciones cometidas, pero la más grave puede acarrear sanción de USD 4.500 por el maltrato físico del que fue víctima el animal, indicó Tufiño.

Con base en el artículo 249 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la abogada penalista Jessica Carvajal explicó que quien lesione a un animal que forma parte del ámbito de la fauna urbana causándole un daño permanente, será sancionado con pena privativa de libertad de dos a seis meses.

Según datos de la Agencia Metropolitana de Control (AMC), en lo que va del 2023 se ha sancionado a 18 personas por maltrato animal.

Lea más: Perro golpeado en un balcón de una casa de Quito fue rescatado

¿Qué dice el Código Municipal

De acuerdo al Código Municipal del Distrito Metropolitano de Quito, para este tipo de casos, en el que resulte afectado un animal de compañía se elabora el informe técnico de la inspección verificando las presuntas infracciones.

Según el Artículo 3390, provocar intencionalmente en los animales daño o sufrimiento en cualquiera de sus formas, será sancionado con diez remuneraciones básicas unificadas, es decir USD 4.500.

Asimismo, según el artículo 3385, si se verifica la existencia de un daño o peligro inminente o futuro en contra de uno o varios animales, deberá proceder a la imposición de la medida cautelar que fuere pertinente para el caso concreto, para proteger al animal o animales cuya vida o integridad pudieran verse afectadas.

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