Quito: ¿cuáles son las sanciones por no dar mantenimiento a las luces de los vehículos?
El mantenimiento de las luces de los vehículos es fundamental para la circulación. Por esta razón, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) recomienda a los usuarios que lo hagan de forma permanente para evitar sanciones.
Para un buen mantenimiento del sistema de iluminación es necesario hacer revisiones periódicas de los faros delanteros y posteriores, ya que con el uso estos tienden a obscurecerse.
En el caso que un agente de tránsito verifique el mal estado o funcionamiento de las luces, la sanción establecida en el artículo 390, numeral 14 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) es del 15% de un salario básico unificado (SBU), que equivale a USD 65.
El Reglamento a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en su artículo 185 establece que “todo vehículo deberá llevar sus luces encendidas, entre las 18:00 y las 06:00 del día siguiente y, obligatoriamente, entre las 06:00 y las 18:00, si las condiciones atmosféricas (neblina, lluvia,) lo exigen".
Quien incumpla esta normativa será sancionado con el 10% de un SBU (USD 45), según el artículo 391, numeral 14 del COIP.
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Tipo de luces en los vehículos
Un carro cuenta con las siguientes luces, mismas que los conductores deberán verificar antes de salir:
El mal funcionamiento de las luces es considerado un defecto tipo II y tipo III, según el daño que presenten, el vehículo es condicionado en la RTV.
Otro factor a considerar es el cableado -indican los agentes civiles de tránsito- siempre debe estar aislado correctamente para no generar ningún tipo de corto circuito.
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