Incendio en Guápulo: ¿por qué se dictó ocho meses de prisión al causante?
El estudiante universitario de 19 años de edad, Dylan Alberto A., fue sentenciado este martes 5 de noviembre a ocho meses de prisión por provocar el incendio forestal que empezó en Guápulo y que se extendió hasta las laderas de Bellavista, en el norte de Quito.
En redes sociales, los internautas se mostraron inconformes por el tiempo en prisión que deberá cumplir el ciudadano, al considerarlo que es muy exiguo en comparación por los daños ambientales que se produjeron.
"8 meses por un incendio que destruyó casas, mató animales, flora... muy poco", escribió en X un usuario.
"Es una burla a los quiteños y a Quito. ¡Tanta destrucción, tantos animales muertos, tantas personas que perdieron todo!", criticó una ciudadana.
"Provocó la muerte de fauna, destrucción de flora, hubo personas y animales afectados, bienes materiales destruidos, dinero desperdiciado y afectación a la calidad de vida de una ciudad... ¿Amerita 8 meses de prisión?", cuestionó otro usuario.
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Afectaciones por el incendio forestal
Según los Bomberos Quito, el fuego, que empezó el 24 de septiembre, consumió 178,8 hectáreas de vegetación en las zonas de Guápulo, Parque Metropolitano y cerro Auqui.
Las llamas recién fueron controladas después de tres días. La gran cantidad de humo y hollín se extendieron por el cielo de la ciudad, perjudicando la calidad del aire. El Túnel Guayasamín fue cerrado, algunos planteles educativos tuvieron que cambiar la modalidad de clases a no presencial.
La fiscal del caso detalló que el daño ascendería a aproximadamente USD 1 113 200. Además, en el cerro Auqui se encuentran dos especies de flora endémica, una de las cuales está registra en la lista de especies CITES como en peligro de extinción.
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¿Por qué la jueza dictó ocho meses de prisión?
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece en su artículo 246 una pena de entre uno y tres años por el delito de incendios forestales. No obstante, el abogado penalista Roberto Calderón explicó a Ecuavisa.com que el juzgador puede reducir la pena cuando hay atenuantes.
El COIP, en su artículo 45, establece seis tipos de atenuantes. Dos de ellas beneficiaron a Dylan Alberto A
La Fiscalía dijo que Dylan Alberto A. colaboró en todo momento con la investigación. Esta es una atenuante.
Además, ese mismo día, el joven intentó mitigar las llamas de los desechos orgánicos a los que prendió fuego. Esta es la otra atenuante.
Durante el juicio, el Ministerio Público presentó el testimonio de una testigo presencial que observó cuando el joven inició el fuego y no pudo controlarlo.
Mientras que Dalila Plaza, madre del joven de 19 años, siempre sostuvo que su hijo era inocente y buscaban culparlo para que "la gente se quede tranquila" encontrando a un culpable.
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