Veto a proyecto de aborto por violación entrará en vigencia por el Ministerio de la Ley

Guadalupe Llori suspendió la sesión sin dar paso a más mociones para tratar el tema
La sesión 771 de la Asamblea Nacional se realizó durante la tarde de este jueves 14 de abril del 2022. ()
14 abr 2022 , 20:48
Redacción

A las 18:58 de este jueves 14 de abril del 2022, la Asamblea Nacional retomó la sesión número 771 en la que se trató el veto presidencial a la ley de interrupción del embarazo en casos de violación.

Al inicio de la jornada, hasta pasado el mediodía, entre los legisladores hubo incertidumbre porque no se reunían los votos ni para el allanamiento ni para la ratificación de lo aprobado inicialmente por el Parlamento.

De hecho, la legisladora de Unión por la Esperanza (UNES), Pierina Correa, dijo que debe votarse su moción por el allanamiento. "El veto presidencial tal como está redactado, no es perfecto, ni cubre todos los ámbitos ni todas las aristas, es el que más se acerca y respeta la sentencia de la Corte Constitucional".

Horas después, cuando la presidenta la Función Legislativa, Guadalupe Llori, puso a votación la moción de Correa para allanarse al veto del presidente Guillermo Lasso, esta no logró pasar porque obtuvo solamente 17 voluntades a favor, 73 en contra y 40 abstenciones.

Luego, ella suspendió la sesión y deseó un buen feriado a los parlamentarios sin permitir que se traten otras mociones para resolver el veto del Ejecutivo. Con ello, el Pleno no decidió sobre la objeción, por lo que esta entrará en vigencia la próxima semana, cuando se cumplan 30 días, a través del ministerio de la ley.

Eso indignó al presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro Jaramillo, en donde se trató la norma, quien intentó proponer una nueva moción para ratificarse en el texto original, pero Llori no le permitió aunque él aseguró que sí contaba con los 92 votos.

Esto ocurrió dos días después que la Corte Constitucional (CC) devolviera el veto a la Asamblea porque sus obligaciones están determinadas en la Constitución y la ley, por lo que les corresponde actuar en estricto apego a ellas y respetando la división de poderes y el sistema de frenos y contrapesos previstos en la Carta Magna. Por lo tanto, a la CC no le corresponde analizar el veto por inconstitucionalidad.

“Por unanimidad, el Pleno rechazó por improcedente la solicitud de la Asamblea Nacional de conocer la objeción parcial realizada por el presidente de la República al Proyecto de Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en el Caso de Violación como una objeción por inconstitucionalidad”, señaló la CC.

Puntos sensibles del veto

El primero radica en que el presidente Guillermo Lasso, a través del veto parcial, unificó en 12 semanas el plazo máximo para interrumpir un embarazo producto de una violación para niñas, adolescentes y mujeres mayores de 18 años de las zonas rurales y urbanas.

Los grupos provida cuestionaron al Gobierno porque no vetó completamente la ley y no redujo a seis semanas el plazo. El feminismo, en cambio, plantea que el veto no se compadece con la violencia y la falta de acceso a la salud pública en niñas y mujeres de los sectores rurales porque para ellas no deben existir plazos.

El segundo es la objeción de conciencia para médicos de los centros asistenciales públicos y privados que se opongan a practicar un aborto. Los provida apoyan esa medida, pero las agrupaciones feministas se oponen. El tercero declara la obligación del sistema de salud pública de atender a las pacientes que necesiten un aborto, lo cual tiene el apoyo del feminismo y no los gremios provida.

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