Segunda vuelta Ecuador 2023: la campaña electoral arranca oficialmente hoy, domingo 24 de septiembre

Los dos binomios finalistas tienen 19 días para desarrollar eventos, mítines, reuniones, murales y artículos promocionales de campaña.
Simpatizantes de Daniel Noboa celebraron su paso a segunda vuelta el pasado 20 de agosto. ()
24 sep 2023 , 08:33
Redacción

Desde el 24 de septiembre y hasta el 12 de octubre de 2023, los candidatos Luisa González y Daniel Noboa podrán realizar oficialmente su campaña electoral para la segunda vuelta.

Cada binomio tiene asignado un monto del Fondo de Promoción Electoral que asciende a USD 989 579 más IVA, según lo determinado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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Este fondo permitirá a los candidatos la difusión de sus propuestas en prensa escrita, radio, televisión, vallas publicitarias y medios digitales de forma equitativa e igualitaria. Además, podrán realizar eventos, mítines, reuniones, murales y artículos promocionales de campaña.

El CNE recordó que está prohibida la entrega de donaciones, dádivas o regalos a la ciudadanía. Tampoco está permitida la difusión de material comunicacional de contenido relacionado con la violencia, discriminación, racismo, toxicomanía, sexismo, intolerancia religiosa, política, utilización de niñas, niños o adolescentes y toda acción que atente contra los derechos.

Silencio electoral

A las 00:00 del viernes, 13 de octubre, comienza el silencio electoral. Corresponde al fin de la campaña para que los ecuatorianos puedan meditar su voto en la segunda vuelta de las elecciones anticipadas del domingo, 15 de octubre de 2023.

Durante el silencio electoral, que termina a las 17:00 del 15 de octubre, los candidatos y sus movimientos o partidos no podrán realizar mitines, concentraciones o cualquier evento de carácter electoral.

Tampoco pueden difundir publicidad de sus campañas, emitir opiniones o imágenes en medios de comunicación que puedan inducir a los ciudadanos sobre el voto.

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El incumplimiento de estas disposiciones constituirá una infracción electoral que será sancionada de conformidad con la Ley. El Código de la Democracia determina una multa equivalente al 50% de una remuneración mensual básica unificada, es decir, USD 225.

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