El nuevo Ministerio del Trabajo no aplicará los acuerdos firmados por Donoso
Ninguno de los seis acuerdos firmados por Patricio Donoso, antes de dejar el Ministerio del Trabajo, serán aplicados por la nueva autoridad. La cartera de Estado enviará un oficio al Registro Oficial para que suspenda la publicación de las reformas, por disposición de la actual ministra, Ivonne Núñez.
Lea también: Patricio Donoso deja el Ministerio del Trabajo con tres acuerdos que cambian reglas de contratación
La directriz se conoció tras una reunión del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios, el 24 de noviembre. Aunque esta se suspendió, permitió que se socializara la decisión de la secretaria de Estado:
“En cumplimiento de lo dispuesto por la señora Ministra de Trabajo, solicito a usted comedidamente disponer a quien corresponda la suspensión de la publicación en el Registro Oficial de los siguientes Acuerdos Ministeriales”, expone el oficio, con respecto a los seis documentos firmados por Donoso.
Según la disposición final del documento, el Acuerdo Ministerial presentado por Patricio Donoso entraría en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Con lo dispuesto por la ministra Núñez, estos no se aplicarán y ningún empleador podrá acogerse a las reformas.
¿Qué cambios se plantearon en los acuerdos de Donoso?
En los acuerdos, firmados el 21 de noviembre, se estableció directrices para la aplicación de las jornadas laborales. Una de las más polémicas estaba en el artículo 4, que dejaba abierta la posibilidad para aumentar el número de horas de trabajo por día.
LEA: El gobierno de Daniel Noboa envía a Verónica Abad como colaboradora de paz en Israel
El texto indicaba que los empleadores y trabajadores acordarían la distribución de las cuarenta horas semanales en jornadas diarias que, en ningún caso, pueden superar el máximo de doce horas diarias de acuerdo con lo previsto en la ley.
También se permitía ampliar hasta 70 días ininterrumpidos el trabajo, en actividades específicas, tras un acuerdo escrito entre empleado y empleador. Lo establecido actualmente es hasta 25 días.