El Ministerio de Salud expedirá un reglamento que regule la aplicación de la eutanasia, mientras la Asamblea aprueba la respectiva Ley
La Corte Constitucional despenalizó la eutanasia asistida en Ecuador este 7 de febrero. Según la sentencia, se podrá acceder a ella cuando "una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa".
Podrán acceder a ella únicamente quienes padezcan un intenso sufrimiento, proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable, según lo resolvió la Corte.
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Sin embargo, la sentencia dispone esclarecer los parámetros para su correcta aplicación.
La Corte determinó que la Defensoría del Pueblo presente ante la Asamblea Nacional un proyecto de Ley que regule la aplicación de la eutanasia. El organismo tiene un plazo de seis meses, desde la notificación de la sentencia, para elaborar el proyecto de Ley y presentarlo en el Legislativo.
Una vez entregado el documento, la Asamblea tiene un plazo máximo de 12 meses para que conozca, discuta, y expida la ley. De forma trimestral, deberá informar sobre el avance y cumplimiento de esta medida, a partir de la recepción del proyecto de ley elaborado por la Defensoría del Pueblo, según lo dispuesto por la Corte.
¿Qué pasará con Paola Roldán?
El fallo de la Corte determina un plazo máximo de 18 meses para que la Ley sea expedida y correctamente regulada. Es decir que Paola Roldán, quien impulsó la iniciativa tras su diagnóstico de esclerosis lateral amiotrófica (ELA), quizá no podría beneficiarse de ella.
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No obstante, el organismo dejó una ventana abierta y dispuso que el Ministerio de Salud expida un reglamento que normará la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria. Deberá remitir el Reglamento a la Corte, para que esta verifique su cumplimiento.
La institución tiene un plazo máximo de dos meses para elaborar el reglamento; tendrá vigencia únicamente hasta la aprobación de la ley respectiva.
Los abogados de Roldán, sin embargo, aseguraron que la sentencia de la Corte es de ejecución inmediata.
Seis meses de espera
La sentencia salió casi seis meses después de que Roldán presentase la demanda ante la Corte Constitucional, donde un colectivo de abogados contrarios al aborto y a la eutanasia presentó una recusación contra dos de las juezas del tribunal que no prosperó.
Tras ese episodio, la semana pasada Roldán apremió a la Corte para que emitiera la resolución sobre su caso.
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"Varias veces pensé que no lograría ver los frutos de esta demanda, como quien planta un árbol para que alguien más se siente bajo su sombra", escribió en redes sociales Roldán.
"Pero he sobrevivido y ahora quiero ver si por las venas de este país corre sangre de justicia y humanidad, o si seguimos en el retrógrado pensamiento que enaltece el sufrimiento", sostuvo.
En la audiencia de su caso, celebrada el 20 de noviembre de 2023, dijo: "He vivido una vida plena y sé que lo único que merezco es una muerte con dignidad". Compareció a través de videconferencia desde su cama, en la que estuvo asistida por respiración artificial y cuidada a cada momento por su esposo.