Juicio político contra Lasso aún no reúne todos los requisitos, según el CAL

Juicio político contra Guillermo Lasso regresará a los asambleístas proponentes, según una nueva decisión del Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Ronny Aleaga, Esteban Torres y Darwin Pereira, miembros del CAL, conversando en la sesión del 20 de marzo de 2023.()
21 mar 2023 , 20:43
Redacción

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) sesionó este 21 de marzo de 2023 y revisó la decisión tomada ayer sobre el pedido de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso. Se retractaron y en lugar de enviar el documento a la Corte Constitucional, prefirieron que se regrese a los asambleístas proponentes.

Esa resolución fue tomada con cinco votos a favor, con base en la propuesta de reconsideración del asambleísta socialcristiano Esteban Torres.

El máximo órgano administrativo de la Asamblea devolvió el documento porque "no reúne todos los requisitos", específicamente que esté "debidamente fundamentada y contendrá la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente".

Los cuatro legisladores que pedían enjuiciar al Presidente: Viviana Veloz, Pedro Zapata Mireya Pazmiño y Rodrigo Fajardo, tendrán tres días para subsanar los errores, tal como dicta la Ley de la Función Legislativa.

Lea también: ¿Qué debe analizar la Corte Constitucional del pedido de juicio político contra Lasso?

¿Sabías que?
La Ley establece que: "De no completarse dentro del mencionado plazo se ordenará, sin más trámite, el archivo inmediato de la solicitud de enjuiciamiento político."

Las asambleístas Johanna Moreira de la Izquierda Democrática, y Nathalie Arias, del oficialismo, votaron en contra. Alegan que no se busca corregir el documento y que eso no contempla la norma.

Pedido de juicio político contra Lasso tiene varios errores

El pedido de juicio político contra Lasso fue observado desde que se hizo público. El primer error fue que en la carátula se citó un artículo que no hace referencia al trámite contra un Presidente, como correspondía.

Luego, se notó que se pusieron artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP) de 2014, que fueron modificados en 2021. Citaban las dos supuestas infracciones cometidas por el Primer Mandatario: peculado y concusión.

Algunos analistas evaluaban que si el CAL reconsideraba la votación cometían una falta, porque la Ley establece que se resuelva sobre el pedido en un plazo de tres días desde que es presentado; es decir este 21 de marzo se cumplirían cinco días.

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