Juicio político a Lasso: críticas a Saquicela por la convocatoria a la sesión del Pleno
A menos de 24 de horas de que se reúna el Pleno de la Asamblea Nacional para decidir si hay juicio político contra el presidente Guillermo Lasso Mendoza, el ambiente comienza a calentarse entre las diferentes bancadas de la Legislatura.
La polémica gira en torno a las causas por las que el presidente del Parlamento, Virgilio Saquicela Espinoza, convocó al Pleno. En el transcurso de este lunes 8 de mayo de 2023, los cuestionamientos de los legisladores oficialistas han sido permanentes.
Para Ana Belén Cordero (Creo), la convocatoria violenta lo dispuesto por el Procurador General del Estado y la propia Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL):
La convocatoria de Saquicela violenta lo dispuesto por el Procurador General del Estado y la propia LOFL. Si bien es el pleno al que le toca resolver respecto a la procedencia o no del juicio político, lo debe hacer en virtud del informe remitido y motivado y NO cabe otro informe
— Ana BeIen Cordero (@abcorderoc) May 8, 2023
Lo mismo cuestionó el asambleísta Pedro Velasco (BAN). A su juicio, Saquicela "nos está confundiendo a todos" porque está convocando al artículo 142 de la LOFL pretendiendo desorientar con la existencia de un nuevo informe que no existe. Citó al artículo 91 de la misma norma, el cual señala que se remite al presidente de la Asamblea Nacional un informe motivado y así se lo hizo.
El sábado se le remitió el documento y Saquicela debió disponer lo que dice el artículo 92; es decir, socializarlo con los asambleístas en un plazo de tres días y no lo hizo. Al contrario, convocó a una sesión para votar mañana (martes) sobre el informe y si no pasa presentar otro, lo cual no pasó en la Comisión de Fiscalización.
"Es grave el tema, no es tan sencillo como pretenden hacerlo. Eso nos debe tener preocupados en el país. Se irrespeta un dictamen de la Procuraduría General del Estado", añadió el legislador. Los informes de la Procuraduría son vinculantes y obligatorios, según el artículo 237 de la Constitución de la República.
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¿Cuál fue el argumento de Saquicela?
Virgilio Saquicela convocó al Pleno con el fin de conocer los documentos remitidos por la Comisión de Fiscalización, de los que se desprende que no alcanzó los votos para aprobar el informe.
Según la convocatoria, al no haberse alcanzado los votos y porque el informe borrador de la Comisión de Fiscalización carece de valor y efectos jurídicos e conformidad con el inciso quinto del artículo 16 del Reglamento de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, el Pleno resolverá sobre el juicio político.
La medida fue dispuesta en cumplimiento del artículo 142 de la LOFL que ordena que: "Si en las comisiones especializadas permanentes y ocasionales, no se alcanza la votación requerida en el trámite de proyectos de ley y procedimientos de fiscalización, fenecido el plazo de ley, estos pasarán a conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional", particular que requerirá para su aprobación.
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Pasado el mediodía de hoy, Saquicela manifestó que mañana luego del debate habrá mociones. "Podrá haber una para no llamar a juicio y otra que pida lo contrario. Obviamente, quien mocione la resolución tendrá que fundamentarla. Luego del debate y análisis se establecerá si procede el trámite".
¿Es posible que con una resolución se llame a juicio político al Primer Mandatario? Saquicela dijo que "eso es lo que establece la ley y ¿qué iba a dictar la Comisión si es que resolvía, con mayoría de cinco votos, de que vaya a juicio político con una resolución? Así es que no tergiversemos las cosas".
Ahora, lo primordial es que se analice una moción respecto de que si hay o no fundamento para continuar con el procedimiento.
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El trámite de juicio político a Lasso no tiene precedentes
La normativa resultó insuficiente para tramitar con claridad el juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso, que no tiene precedentes. Especialistas coinciden en que hay vacíos.
Cada día aparecen elementos que cambian las interpretaciones, como el pronunciamiento del Procurador General del Estado que concluyó que: