Errores en la solicitud de juicio político contra Lasso se corrigieron con un alcance
A pocas horas de que se entregó la solicitud de juicio político contra el Presidente de la República, el titular de la Asamblea convocó al Consejo de Administración Legislativa para que se revise el cumplimiento de los requisitos y continúe con su trámite. La sesión se realizará a las 19h45 de este viernes.
Pero a la vez, casi a la medianoche de este jueves los proponentes enviaron un oficio corrigiendo errores en su solicitud. Mencionaron mal el artículo de la constitución que los faculta para el juicio político, escribieron el 131 y es el 129.
Igualmente señalaron el artículo 78 de la Ley Organica de la Función Legislativa y es el 86. Pero ¿de qué se acusan al Primer Mandatario?. La oposición dice que cayó en dos delitos contra la administración pública, concusión y peculado.
La concusión tratan de justificarla señalando el Decreto mediante el cual nombró al Hernán Luque Lecaro como presidente de EMCO y lo mantuvo por más de un año, aseguran los proponentes, que:
"... conocía que el funcionario podía haber incurrido en actos de corrupción y no adoptó acción alguna orientada a evitarlo".
Lea también: Pedido de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso se concreta
En el caso de peculado mencionan el contrato de FLOPEC para el transporte petrolero con Amazonas Tanker Pool y señalan que el jefe de estado supuestamente :
"... conoció y consintió la celebración de contratos de transporte petrolero en perjuicio de fondos públicos ..."
Entre los 20 argumentos que incluyen el informe legislativo del Caso Encuentro, las notas de un medio digital, decretos y oficios de diferentes instituciones.
Al igual que el bloque oficialista, el Gobierno se pronunció mediante un comunicado en el que señala:
"Dicha demanda carece totalmente de elementos políticos y jurídicos que permitan sustentar un proceso en contra del Primer Mandatario, teniendo como único objetivo atentar contra la institucionalidad del Estado ecuatoriano y la democracia misma. "
Si el Consejo de Administración Legislativa confirma el cumplimiento de requisitos deberá remitir el documento a la Corte Constitucional para que emita dictamen de admisibilidad o no.