Elecciones Ecuador 2023: CNE niega inscripciones de candidatos asambleístas nacionales de Amigo y Sociedad Patriótica
A las 20:00 de este domingo 18 de junio de 2023 está prevista una sesión, en el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), para tratar sobre el conocimiento y resolución respecto de la inscripción y calificación de candidatos a las Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas 2023.
Anoche se realizó otra reunión y se negó las candidaturas a asambleístas nacionales que inscribió el Partido Sociedad Patriótica (PSP), encabezado por el expresidente Lucio Gutiérrez Borbúa. Lo mismo ocurrió con la lista de legisladores nacionales del movimiento Acción Independiente Generando Oportunidades (Amigo), liderada por el precandidato Víctor Bravo Encalada.
Con esta disposición, ambas organizaciones políticas tienen un plazo de dos días para presentar sus descargos y subsanar los incumplimientos planteados por el organismo rector del ámbito electoral en el país.
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¿Qué ocurrió en el Partido Sociedad Patriótica?
El expresidente Gutiérrez aspira llegar a la Asamblea Nacional y presentó una lista de 15 candidatos para los comicios, pero no consta la firma de aceptación en el formulario de la precandidata novena suplente Camila Medina.
Eso significa que se incumplió con el último inciso del artículo 99 del Código de la Democracia. Este señala que las candidaturas deberán presentarse en los formularios proporcionados por el CNE y se harán constar los nombres y fotos de los candidatos principales y suplentes. También debe contar con sus firmas de aceptación.
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Patriotas
— Lucio Gutiérrez (@LucioGutierrez3) June 18, 2023
Pongo a su disposición mi EXPERIENCIA, HONRADEZ y DECISIÓN para luchar JUNTOS contra la INSEGURIDAD, CORRUPCIÓN y MAFIAS
El 21 enero 2000 sacrifiqué mi carrera militar al rebelarme contra el gobierno y banqueros corruptos que nos robaron más de $ 8.000 millones pic.twitter.com/8vGG8Kk5A1
Asambleístas nacionales del movimiento Amigo
En lo que respecta al movimiento Amigo, cinco precandidatos suplentes no presentaron su declaración juramentada sobre no estar incursos en las prohibiciones.
Con ello no se cumplió lo que señala el artículo 95 del Código de la Democracia. Dice que para la inscripción de candidaturas se debe presentar una declaración juramentada ante notario público, el cual debe indicar que no se encuentran incursos en las prohibiciones previstas en la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular, del 19 de febrero del 2017.
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