La Corte Constitucional rechazó la objeción de Daniel Noboa a la Ley de Seguridad Social
La objeción presidencial a Ley Reformatoria a Varias Leyes para la Estabilidad de la Seguridad Social en Ecuador (conocida como Ley de Seguridad Social) fue rechazada por la Corte Constitucional (CC). Los nueve magistrados, de manera unánime, explicaron al jefe de Estado, Daniel Noboa, que presentó el recurso incorrecto.
El mandatario había considerado inconstitucional el artículo 7 del cuerpo legal, que entró en vigencia hace un mes, sobre el financiamiento de las elecciones del Consejo Directivo del IESS.
Este señala que: "El costo operativo del proceso electoral será elaborado por el Consejo Nacional Electoral, el mismo que será enviado al Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo al Presupuesto General del Estado".
Para el jefe de Estado, esos valores no pueden ordenarse de manera directa mediante la ley debido a la obligación constitucional que establece que toda norma que cree un gasto debe definir de dónde saldrán los recursos públicos para cubrirlo.
Noboa señaló que la Asamblea Nacional se saltó un paso: requerir el dictamen vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre el impacto y afectación a los fondos del Estado.
Sin embargo, la CC responde a Noboa que la objeción no puede tramitarse cuando una ley ya está vigente. Ese control es previo. Adicionalmente, le advierte que si no está conforme con el artículo impugnado debe tomar otro camino, como la acción de inconstitucionalidad, la consulta de norma o una reforma legal en el Legislativo.
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De esta manera, los magistrados de la CC rechazaron la objeción presidencial por improcedente.
La Ley de Seguridad Social sigue vigente y el Gobierno deberá correr con los gastos de las elecciones del Consejo Directivo del IESS, cuyo monto no se especificó en el proceso.