Asambleísta Villamar presenta juicio contra Tuárez

ECUADOR.- Cuatro causales llevarían al titular del CPCCS a juicio político, con 57 firmas de respaldo. Foto: API
08 jul 2019 , 09:49
Redacción

Cuatro causales llevarían al titular de CPCCS a juicio político, con 57 firmas de respaldo

Cuatro causales y 57 firmas de respaldo presentó este lunes 8 de julio de 2019 el asambleísta del movimiento CREO, Fabricio Villamar, como sustento de su solicitud de juicio político al presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), José Carlos Tuárez.

En rueda de prensa, el legislador detalló cada una de esas causales. La primera: violación a la prohibición expresa que establece la Ley de Consejo de Participación Ciudadana, que señala que están prohibidos de desempeñar el cargo si son de las Fuerzas Armadas o representantes de cultos religiosos. "Se acompañan las pruebas obtenidas por representantes de la Iglesia", dijo.

 

 

Asimismo, sostuvo Villamar, el titular del Consejo ha incumplido el artículo 208 numeral 4 de la Constitución. "Sobre Tuárez pesan varias denuncias por incumplimiento de funciones, como el no haberse excusado, en tanto es miembro de culto religioso, cuando tenía que hacer una investigación al respecto, que hemos solicitado la información, el Consejo de Participación, presidido por Tuárez, no ha iniciado las investigaciones correspondientes".

 

Según el asambleísta, con base en el artículo 2 de la Ley de Participación Ciudadana, el funcionario "afecta la ética laica que debería orientar sus acciones y la disposición constitucional de que esta es una república laica".

 

Finalmente, agregó, Tuárez carece de la probidad necesaria para ejercer las funciones de transparencia que le corresponden. "Una persona sobre la cual pesan las denuncias como sobre Tuárez, no tiene la transparencia necesaria ni la probidad que la república requiere para los funcionarios".

 

Villamar entregó la documentación de sustento en la ventanilla de gestión documental de la Asamblea Nacional, luego de lo cual el Consejo de Administración Legislativa (CAL) deberá verificar el cumplimiento de requisitos y en función de eso remitir, el proceso a la comisión de Fiscalización, que avocará conocimiento del trámite.

 

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