Amnistía migratoria y regularización extraordinaria para migrantes venezolanos, ¿qué significa?

Condonación de multa y la creación de una nueva visa. El Gobierno da directrices para ciudadanos venezolanos en situación de movilidad humana.
Imagen referencial para graficar a ciudadanos venezolanos en situación de movilidad. ()
23 ago 2024 , 15:08
Redacción

El presidente Daniel Noboa suscribió este 23 de agosto el Decreto 370 con el cual otorgará amnistía migratoria y realizará un proceso extraordinario de regularización a migrantes venezolanos en Ecuador.

¿Qué significa esto? Jefferson Díaz, periodista venezolano experto en migración, explica que la amnistía migratoria se refiere a que no se cobrará una multa a los ciudadanos venezolanos que se encuentran en irregularidad migratoria, es decir, que no obtuvieron visa.

La Ley Orgánica de Movilidad Humana establece que quien no tenga la visa será multado, y no podrá sacar ese documento hasta que la pague. "Con esta amnistía migratoria, todos los ciudadanos venezolanos que quedaron irregulares en el Ecuador no tienen por qué pagar esa multa", enfatizó.

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Proceso extraordinario de regularización

Mientras que el proceso extraordinario de regularización se refiere a una visa extraordinaria que no está en el listado ordinario de visas que ya establece el Ecuador.

"Esto significa que la visa extraordinaria tiene otros costos, son USD 50 por el costo de la planilla y la orden de cedulación que, si no me equivoco, son USD 30", señaló para Ecuavisa.com. Esta nueva visa es la VIRTE II.

El proceso de regularización extraordinario se regirá por estas reglas:

  • Tendrá una duración de 8 meses desde la publicación del Decreto.
  • El formulario de solicitud de la Visa de Residencia Temporal de Excepción VIRTE II será gratuito; sin embargo, el solicitante deberá cubrir el valor de la visa y la orden de cedulación
  • La Visa de Residencia Temporal de Excepción VIRTE II tendrá un vigencia de dos años, prorrogable por una sola vez por el mismo periodo, sin perjuicio de que la persona pueda cambiar de categoría migratoria, previo al cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley de Movilidad Humana
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