El presidente Daniel Noboa dispuso publicar en el Registro Oficial las reformas a la ley del IESS

En el legislativo acusan al entorno del mandatario de desconocimiento de la norma.
El Presidente Daniel Noboa en la Cancillería.()
22 jul 2024 , 12:45
Redacción y Televistazo

El presidente de la República, Daniel Noboa, se echó para atrás y dispuso publicar las reformas a la ley del IESS.

El viernes pasado, el Primer Mandatario devolvió a la Asamblea Nacional ese proyecto vetándolo, pero esas reformas ya fueron vetadas por el ejecutivo y el texto que le remitió el legislativo era el aprobado luego de sus observaciones.

Es decir, hubo veto sobre un veto, algo que no existe en las normas ecuatorianas, como confirmó el secretario de la Asamblea, Alejandro Muñoz:

"Por más que diga que ese oficio contiene un veto, no contenía y es absolutamente inconstitucional y, por tanto, se lo devolvió sin mayor trámite”.

El Presidente decidió no insistir y publicar las reformas para su entrada en vigencia. En el documento para el Registro Oficial reitera sus críticas a lo aprobado por la Asamblea:

“... presenta una nueva inconstitucionalidad en el artículo 7, que pone en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas...”.

Además, señala que se vio obligado a sancionar la ley:

“... argumentando arbitrariamente que no existe posibilidad de objeción en este tipo de casos”.

Los legisladores de oposición cuestionaron el desconocimiento de la ley del entorno del presidente.

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“El manejo, la asesoría y asistencia jurídica que tiene el presidente de la República aparentemente padece de muchas fallas, padece de mucha, ligereza y ese es un elemento que hay que señalar”.

El artículo considerado inconstitucional por el Presidente dispone que el vocal de los asegurados en el IESS sea elegido por los afiliados, en una elección organizada por el CNE y financiada por el IESS. El oficialismo confirma una posible demanda de inconstitucionalidad:

“Por tanto, si hay artículos que afecten directamente a la salud económica de nuestro país, el Presidente tomará las acciones que crea convenientes y necesarias”.

Las reformas al IESS incluyen que el delegado del Presidente en el Consejo debe ser elegido por la Asamblea de una terna remitida por el ejecutivo.

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