Toque de queda: estas personas sí tienen permitido circular durante la madrugada
Entre las medidas de seguridad establecidas por el Gobierno para las ciudades de Guayaquil, Durán, Samborondón y las provincias de Santa Elena y Los Ríos, se decretó un estado de excepción y toque de queda por 60 días que rige desde este 2 de abril durante la madrugada, específicamente en el horario de 01:00 a 05:00.
¿Cuáles son los requisitos para tener armas en Ecuador?
La restricción al tránsito es uno de varios derechos que se suspenden o se limitan con el estado de excepción. El Gobierno no emitirá salvoconductos, como ocurrió durante la pandemia.
Estos son todos los derechos que están limitados o suspendidos con el estado de excepción
Por eso, las personas que circulen durante el horario del toque de queda serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente, se advierte en el decreto firmado por Lasso. Pero se exceptúa de la restricción a los trabajadores de los siguientes sectores:
Las personas que se encuentren inmersas en estas excepciones deberán acreditarlo documentadamente, ya que la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y los agentes tránsito están facultados para exigir la documentación que acredite encontrarse en una actividad exceptuada a toda persona que circule en el horario de toque de queda, de 01:00 a 05:00.
El Ministerio de Gobierno podrá autorizar la realización de actividades tales como eventos públicos, actividades turísticas y similares en lugares donde no exista riesgo de violencia, previa evaluación de la misma.