Reunificación familiar de ecuatorianos en Estados Unidos: esto es lo que debe saber

El nuevo 'parole' para ecuatorianos ha causado expectativas entre los ciudadanos. Aquí los detalles de lo que se conoce hasta ahora.
19 oct 2023 , 17:24
Redacción

El cruce ilegal de ecuatorianos a Estados Unidos ha tenido un aumento récord en el último periodo. Bajo este panorama, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos anunció la tarde de ayer, 18 de octubre del 2023, que los ecuatorianos son parte del programa de Reunificación Familiar en Estados Unidos. La estrategia es combinar la ampliación de las vías legales para reducir la migración irregular.

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En la actualidad, 1 millón 87 mil ecuatorianos residen en Estados Unidos. Lo cierto es que el DHS no ha compartido todos los detalles, solo los requisitos que explicaremos a continuación.

Reunificación familiar: ¿Quiénes pueden aplicar?

Por ahora ha adelantado, que serán considerados los ciudadanos con familiares residentes, ellos tendrán prioridad, lo que engloba a los familiares inmediatos de ecuatorianos que tienen la ciudadanía estadounidenses o que sean residentes permanentes legales. Sin embargo, el proceso analizará caso por caso y con carácter temporal.

LEA: ¿Quiénes pueden aplicar al programa de reunificación familiar en Estados Unidos?

Los familiares beneficiados deben estar fuera de los Estados Unidos, pasar por la investigación de antecedentes y requerimientos médicos y no haber recibido una visa de inmigrante, es decir, la que se entrega a la persona que desea vivir permanentemente en los Estados Unidos.

LEA: La migración ilegal de ecuatorianos a Estados Unidos ha ido en aumento

Los beneficiados deberá demostrar razones humanitarias urgentes, o un beneficio público significativo para la entrega del permiso. El permiso humanitario será otorgado por un periodo de hasta tres años mientras se da el proceso para obtener la residencia permanente.

¿Cómo inicia el proceso?

  • El proceso de Permiso Humanitario de Reunificación Familiar comienza con la expedición por parte del Departamento de Estado de una invitación al familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal peticionario cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario ecuatoriano ha sido aprobado.
  • Hasta el momento no se han especificado tiempos de cuánto podría tardar la llegada de la invitación.
  • El peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso mediante la presentación de una solicitud en nombre del beneficiario y de los familiares elegibles para ser considerados para la autorización anticipada de viaje y el permiso humanitario.
  • ¿Qué pasa con los ecuatorianos que ya tenían el Formulario I-130 aprobado?

    Ecuatorianos que son beneficiarios de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, aprobado pueden ser elegibles para ser considerados para el permiso humanitario bajo el nuevo proceso.

    El gobierno de los Estados Unidos proporcionará más detalles de este beneficio:

    "La notificación del Registro Federal para este proceso FRP se publicará pronto e información detallada sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad"

    ¿Los beneficiarios pueden incluir hijo o hermanos?

    Los beneficiarios en espera de una visa de inmigrante podrían incluir a determinados hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y determinados cónyuges e hijos de residentes permanentes legales.

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