¿Qué sucede si mi empleador no paga las aportaciones al IESS?

Los afiliados tienen un plazo determinado para cancelar las deudas pendientes con el IESS.
Un hombre frustrado en su trabajo()
06 dic 2023 , 11:42
Redacción

Por norma general, la afiliación al IESS es obligatoria para todos los trabajadores y colaboradores de una empresa. La cancelación al IESS de los aportes se realiza de forma automática, y está a cargo del empleador, por lo que las situaciones en donde dejas de pagar las aportaciones son bastante limitadas.

Desde la pérdida de empleo, pasando por la jubilación, el fallecimiento del afiliado y la reducción de ingresos en el caso de afiliados voluntarios, las situaciones que podrían salir en caso de no pagar son varias y dependerá de cada caso. Quédate con nosotros para saber qué sucedería si no cancelas tus aportaciones al IESS.

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El primer caso que analizaremos, será por Desempleo. Si dejas de aportar, bien sea porque renunciaste o fuiste despedido, el IESS establece que podrás mantener el beneficio de acceso a los servicios médicos y de pensiones por al menos, dos meses, hasta que puedan conseguir otro empleo. La entidad en su sitio web menciona que esta cobertura también aplica para casos de enfermedad y maternidad. En caso de estar desempleado por más de 60 días, puedes solicitar el retiro de tus fondos de cesantía.

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Nuestro segundo caso va para quienes dejen de aportar por Jubilación, para lo cual, el IESS estipula que este tendrá acceso a los servicios sanitarios con base en el tiempo de afiliación y a su edad, siguiendo estos porcentajes:

  • Hasta 19 años, 10% del tiempo cotizado o aportado
  • Entre 20 y 29 años, 20% del tiempo cotizado o aportado
  • De 30 años en adelante, 30% del tiempo cotizado o aportado
  • El IESS añade que para calificar para la jubilación ordinaria por vejez, el afiliado debe cumplir con requisitos relacionados con la edad y el tiempo de contribución. Según la legislación actual de Seguridad Social, los afiliados deben alcanzar al menos 60 años de edad y haber realizado aportaciones durante 30 años, o bien, tener 65 años de edad con 15 años de aportes, o incluso 70 años de edad con un mínimo de 10 años de contribuciones.

    El tercer caso respecta para quienes sean Afiliados Voluntarios y, por cualquier situación, dejen de contribuir al IESS. A diferencia de la afiliación bajo dependencia, donde el pago recae en los patronos, en la afiliación voluntaria el pago es responsabilidad del ciudadano. Así, cada que un afiliado voluntario cancela sus aportes todos los meses, el sistema genera las planillas con los valores pendientes de manera automática.

    "Según el art.124 del Reglamento del Asegurado, Recaudación y Gestión del IESS, el afiliado voluntario tiene 60 días para registrar el pago de aportes".

    En caso de no pagar en el tiempo correspondiente, el sistema detiene la generación de planillas, y registra el aviso de salida con base en la fecha del último mes pagado. En pocas palabras, tu afiliación queda suspendida, por lo que para volverte a afiliar y reactivar los aportes, el ciudadano deberá realizar el trámite nuevamente.

    Finalmente, en caso de Fallecimiento, el cónyuge y los hijos tienen el derecho a recibir pensiones de montepío que representan el 10 % de las contribuciones hechas por el asegurado. Sin embargo, para ser elegible, el contribuyente debe haber efectuado aportaciones al IESS durante al menos cinco años.

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