Prueba de fuego para el Ejecutivo frente al análisis de su veto a la Ley del Uso de la Fuerza
Este jueves, 4 de agosto de 2022, el Pleno de la Asamblea debe resolver si se allana al veto parcial del presidente Guillermo Lasso del proyecto de Ley del Uso Legítimo de la Fuerza,o por el contrario lo descartan.
La Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral, encargada de tramitar la propuesta, recomienda que el Parlamento opte insistir en el proyecto inicial, para lo que necesitarían 92 votos.
El presidente de esa mesa legislativa, Ramiro Narváez (ID), se muestra optimista respecto a conseguir el respaldo, sin embargo, el panorama todavía es incierto en la Asamblea. La nueva mayoría no tiene una postura concertada, Pachakutik y UNES, así como ciertos asambleístas de la Izquierda Democrática han mostrado su rechazo a la propuesta del Presidente; mientras que el Partido Social Cristiano (PSC) todavía está por definir una postura.
El Ejecutivo pide cambios en 21 artículos
De los 125 artículos, se objetaron 21, es decir un 16,8% de la Ley. Esas modificaciones, según la Presidencia, "permitirán perfeccionar la normativa que busca regular los casos y circunstancias en los cuales los servidores de la Policía, Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria pueden hacer uso de la fuerza, sin que esto implique el menoscabo de derechos constitucionales".
La insistencia de Narváez y los demás miembros de la Comisión de no aceptar esas observaciones está en la preocupación que a posterior se realice una demanda de inconstitucionalidad, pues indica que hay contradicciones con la Carta Magna.
¿Agentes metropolitanos son parte de la Ley?
La Comisión se resiste a aceptar el veto principalmente en seis ámbitos: entidades reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Pública; responsabilidad y rendición de cuentas; rol de las Fuerzas Armadas y estado de excepción; animales adiestrados para el uso de la fuerza; derechos y obligaciones de los servidores; y uso de la fuerza en el control del orden público.
En el primer caso, el Ejecutivo propone una "aplicación subsidiaria de la ley", es decir, que otras entidades, además de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, puedan aplicar distintos grados de fuerza y seguridad.
Por ejemplo, los Agentes Metropolitanos de Control o el Cuerpo de Vigilancia Aduanera. La Comisión dice que esto se opone a una sentencia de la Corte Constitucional, además , aclaran que la única entidad facultada es la Policía y en situaciones excepcionales los militares y guías penitenciarios.
Rendición de cuentas de los uniformados
Sobre la rendición de cuentas, el Ejecutivo elimina este principio así como suprime el artículo de que los servidores pueden negarse a ejecutar una orden respecto del uso de la fuerza si esta fuere inconstitucional.
En el mismo sentido, establece que los servidores regulados por esta ley "no cometen infracción penal alguna en cumplimiento de su deber legal".
Desde el Legislativo dicen que esas observaciones se oponen a parámetros internacionales. Bajo su mirada, con su proyecto ya se garantiza el debido proceso a los servidores, así como la obligación de sancionar el empleo inadecuado de la fuerza
Rol de las Fuerzas Armadas en Estado de Excepción
Uno de los temas que más preocupa, principalmente a los grupos sociales que han participado en las últimas manifestaciones, es que los militares pueden intervenir en estados de emergencia y no solo en estados de excepción.
Esto crea además una nueva figura que sería un punto medio entre la normalidad y el estado de excepción.
Eso tampoco es bienvenido por la Comisión, dicen que contraviene sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También les preocupa que se elimine el rol fiscalizador respecto a la actuación de las Fuerzas Armadas.
Uso de la fuerza con animales adiestrados
El Ejecutivo ve necesario el uso de animales adiestrados para el uso de la fuerza; la mesa legislativa resalta la importancia de los derechos de los animales, que forman parte de la Constitución, en su texto se prohibía esa actividad en contextos de reunión o protesta social.
Uso de la fuerza en el control del orden público y seguridad ciudadana
El Ejecutivo agrega la noción de percepción subjetiva de la amenaza. Para los expertos, que comparecieron en la Comisión, la amenaza no puede ser solamente percibida debido a que este es un componente que no permitiría la valoración de los servidores.