Mujeres en periodo de gestación y lactancia tienen protección especial en empleos
Las mujeres en periodo de gestación y lactancia tienen una protección especial dentro de sus empleos. Incluso, luego de la interpretación de la Corte Constitucional, se extiende su periodo de lactancia y el empleador debe garantizar su estabilidad. Pero, ¿qué ocurre en el caso de que sea despedida dentro de esta etapa?
La protección especial se divide en tres etapas, según el abogado laboral, Juan Paez Terán, quien explica que la estabilidad es lo primordial. El artículo 155 del Código del Trabajo establece que: durante los doce meses posteriores al parto, la jornada de la madre lactante durará seis horas diarias.
Sin embargo, una nueva interpretación de la Corte Constitucional modifica esta disposición y amplía el plazo. Ahora, las madres trabajadoras además de los 3 meses de licencia por maternidad, es decir, una vez que nace el bebé, y cuando se reintegren a su puesto de trabajo con horario reducido por un periodo de un año completo.
El organismo constitucional toma esta decisión, ya que la resolución anterior no se aplicaba en el sector privado, donde las madres tenían licencia en algunos casos por 9 meses.
Pero qué ocurre si, durante esta etapa, un empleador decide separar a la mujer. El experto afirma que tiene la potestad de denunciarlo ante un juez laboral.
En algunos de los casos, esto se puede extender hasta 30 días después de la sentencia.