Ministerio de Finanzas no acepta devolución al Municipio de Guayaquil
Sigue la polémica entre el Gobierno y el Municipio por el alza de los pasajes al transporte urbano.
En un nuevo capítulo sobre la polémica por el alza del pasajes, el Ministerio de Finanzas emitió un boletín.
En la carta, con fecha 17 de septiembre, y difundida la noche de este miércoles por medio de su página web (), se señala lo siguiente:
El Ministerio de Finanzas, este 17 de septiembre recibió un comunicado del Gerente General de la Empresa Pública Municipal de Tránsito de Guayaquil, Ab. Andrés Roche Pesantes, mediante el cual informa que ha procedido a la devolución de 30 millones de dólares transferidos en días pasados. Al respecto, esta Cartera de Estado da a conocer a la ciudadanía las siguientes puntualizaciones:
La Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 273 dispone que “las competencias que asuman los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD´s) serán transferidos con los correspondientes recursos. No habrá transferencia de competencias sin la transferencia de recursos suficientes, salvo expresa aceptación de la entidad que asuma las competencias”.
Los recursos suficientes de la Competencia de Tránsito y Transporte Terrestre fueron costeados y calculados por el Consejo Nacional de Competencias (CNC), estas se encuentran en el Art. 27 de la Resolución No. 006-CNC-2012, y son los provenientes de: otorgamiento de permisos, autorizaciones, suscripción de contratos, multas, sanciones; impuesto a los vehículos; los correspondientes a la tasa de matriculación, la tasa de revisión técnica vehicular; y, un monto para egresos no permanentes.
Todos estos recursos que fueron identificados como suficientes por el Consejo Nacional de Competencias para la asunción de la competencia de tránsito, han sido transferidos desde el Presupuesto General del Estado a las cuentas del Municipio de Guayaquil.
No existe norma constitucional o legal que obligue al Gobierno Central a transferir valores adicionales a los ya determinados por el Consejo Nacional de Competencias, (como por ejemplo subsidios), en la asunción de competencias. Por consiguiente, el monto transferido al Municipio de Guayaquil, es el monto legal y suficiente para que las competencias de tránsito y transporte terrestre sean asumidas.
Por otro lado, el Art. 269, numeral 1 de la Constitución de la República determina que los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán asumir las competencias exclusivas de manera “obligatoria” y progresiva. Es así que el Consejo Nacional de Competencias dio un plazo para la asunción progresiva y obligatoria de dichas competencias, por lo que la Agencia Nacional de Tránsito solicitó realizar la transferencia de los recursos a partir del 12 de septiembre de 2014.
Por lo expuesto, la competencia de tránsito y transporte terrestre fue legalmente transferida por el Gobierno Central con los suficientes recursos como manda nuestro ordenamiento constitucional y legal, por lo tanto de una competencia que fue transferida.
La transferencia que realizó el Ministerio de Finanzas el día 16 de septiembre del presente año por un monto de 30 millones de dólares, por pedido de la Agencia Nacional de Tránsito, ya fue registrada en la Contabilidad Nacional; por consiguiente el Gobierno Central no podría ni puede hacer uso de estos recursos ya entregados, como tampoco pueden volver a formar parte del Presupuesto General del Estado. Por lo que, el uso de los recursos públicos legalmente transferidos para esta competencia específica es de exclusiva responsabilidad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Guayaquil y de sus entidades adscritas.