Ley de Comunicación: Corte Constitucional acepta parcialmente el veto por inconstitucionalidad
Este lunes 3 de octubre de 2022, la Corte Constitucional (CC) resolvió, por unanimidad, aceptar parcialmente la objeción por inconstitucionalidad, presentada por el presidente Guillermo Lasso a las reformas a la Ley de Comunicación.
Es decir, aceptan los artículos 2, 3, 9, 10, 11, 12, 17, 35, 41, 43, 50 y 53; y niegan las objeciones a los artículos 4, 8, 15, 43, 46 y 52.
Entre los artículos aceptados consta por ejemplo, la observación de que se elimine la palabra 'opinión' de la definición de contenido comunicacional. Para el Ejecutivo, es necesario eliminar ese artículo porque "excluye la opinión como parte del ejercicio del derecho a la comunicación".
César Ricaurte, director de Fundamedios, en entrevista con Televistazo, explica que la CC reconoce que la opinión es discurso protegido y está bajo la protección de la libertad de expresión.
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En cambio, en una de las objeciones que fue desestimada, el Ejecutivo consideraba como censura previa el hecho de que una persona que fue declarada inocente en un proceso judicial acuda a la Defensoría del Pueblo para que inicie procesos de protección que pueden ser incluso de índole penal.
El secretario jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, se congratuló con el pronunciamiento de la Corte Constitucional.
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Qué sigue luego del veto a la Ley de Comunicación
El texto regresa a la Asamblea Nacional para que sean incluidas las observaciones de la Corte Constitucional en el texto de la Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Comunicación.