Guayaquil: Ordenanza prohíbe circulación de 2 hombres en 1 moto
Medida se presentó con el fin de disminuir la delincuencia efectuada en este transporte.
El emitó el jueves 26 de octubre de 2017 una ordenanza municipal que con el fin de evitar la delincuencia en este medio de transporte. La vicealcaldesa aclaró que las motocicletas que transiten en la ciudad deben tener placas adelante y atrás, además
De acuerdo con la ordenanza, la presentará en los próximos días los horarios en los que se permitirá que dos hombres circulen en una motocicleta
El ciudadano que incumpla con la ordenanza pagará un salario básico unificado, es decir $375, además de la retención de la moto durante 7 días.
Los artículos de la ordenanza, de reciente aprobación en segundo debate, son:
El espacio público cantonal, en vía y caminos públicos las motos que circulen En el de esta obligación con una multa dey la en caso de ser reincidente, la multa es doble al igual que los días de retención.
Quienes comercializan las motocicletas deben ser personas naturales y jurídicas autorizadas de acuerdo Ley. Quienes ejerzan la autoridad de vender deben tener un gestor que se encargue de la matriculación por primera vez, calificado por la ATM (Agencia de Tránsito Municipal).
Los que comercializan motocicletas debenpor parte de la autoridad competente (ATM) y sobre todo debe tener la placa instalada.
La Autoridad de Tránsito Municipal tiene la potestad (momentáneamente y durante los horarios que estime indispensable) de limitar la transportación del acompañante del mismo sexo masculino de las motos que circulen en el cantón Guayaquil. El anuncio de estas restricciones se realizará en al menos dos de los diarios de mayor circulación de la ciudad y además en el portal institucional de la ATM