Definido el reglamento para designar al Superintendente de Comunicación
El CPCCS definió ya el reglamento para la designación del Superintendente de Comunicación.
El Consejo de Participación Ciudadana definió ya el reglamento para la designación del Superintendente de Información y Comunicación. Este reglamente será el mismo que se usó para procurador y varias superintendencias.
El pleno del Consejo de Participación Ciudadana decidió que para la designación del superintendente de información se utilizará el mismo reglamento con el que se designó al procurador y los superintendentes de bancos, compañías y telecomunicaciones.
Los requisitos para ser candidato son:
La Ley de Comunicación dispone que el Presidente de la República sea quien envíe al consejo los nombres de tres candidatos a superintendente, además de los mencionados requisitos, la vicepresidenta del organismo, Mónica Banegas espera que se cumpla allí con otros requerimientos constitucionales.
El reglamento también incluye prohibiciones generales en la designación de superintendentes como:
El consejero de participación, David Rosero, mostró su preocupación porque a pesar de que en el reglamento existen prohibiciones específicas para cada una de las otras superintendencias, no se definió ninguna para el caso del Superintendente de información.
Mónica Banegas considera que eso no es necesario y explica que si un requisito es que tenga diez años de experiencia es obvio que esta será en un medio de comunicación.
El consejo también aprobó a 190 veedores para que vigilen este concurso. Ellos serán capacitados desde el próximo lunes.
Así el Consejo de Participación Ciudadana tiene todo listo, únicamente están a la espera de la terna enviada por el Presidente de la República.