Consulta popular 2024 | Así puede justificar su inasistencia a las votaciones si salió de viaje

El Código de la Democracia no determina sanciones para quienes no puedan sufragar por viajes fuera del país.
Imagen de archivo de las elecciones presidenciales anticipadas 2023.()
31 mar 2024 , 16:22
Redacción

El próximo 21 de abril, los ecuatorianos regresan a las urnas para elegir en la Consulta Popular y Referéndum 2024. Allí se tratarán principalmente temas de seguridad, según las preguntas enviadas por el presidente Daniel Noboa y aprobadas por la Corte Constitucional.

En Ecuador, el sufragio es obligatorio para ciudadanos entre 18 y 65 años, por lo que quienes no cumplan con este deber, deberán cancelar una multa correspondiente al 10 % del Salario Básico Unificado; es decir, USD 46.

La obligatoriedad de la asistencia también aplica para aquellas personas que hayan sido nombradas como miembro de la Junta Receptora del Voto. La sanción si no se presentan es de USD 69.

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Sin embargo, Código de la Democracia determina algunas causales para justificar la inasistencia. Te contamos cuáles son y el procedimiento a seguir.

¿Cómo justificar la inasistencia?

Quienes en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional, no incurrirán en una falta ni deberán cancelar la multa.

No obstante, aún deberán obtener su certificado o papeleta de votación, pues es un documento habilitante para varios trámites. Para ello, es necesario acudir de forma presencial a cualquiera de las 24 Delegaciones Provinciales del CNE a escala nacional.

Una vez ahí deberá llenar y presentar un formulario para justificar su inasistencia. Y, en caso de haber salido o llegado al país, tendrá que acompañar el documento con copias de su pasaporte y su cédula de identidad. Con ello deberá demostrar las fechas de entrada y salida del país.

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Quienes no tengan pasaporte, o no lo hayan usado para ese viaje, deberán presentar un certificado migratorio original.

Recuerde que, si por alguna razón no puede acercarse a su recinto electoral para sufragar, puede ir al más cercano y pedir un certificado de presentación. Este documento no libera del pago de la multa por no presentarse a votar. Solo permite realizar trámites en los siguientes 60 días.

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