¿Cómo funciona el reglamento de la Ley de Comunicación?

El reglamento de la Ley de Comunicación fue entregado ayer a Carlos Ochoa, Superintendente de Información. Foto: Archivo
04 dic 2013 , 09:05
Redacción

El reglamento de la Ley de Comunicación fue entregado ayer al Superintendente de Información.

El reglamento de la Ley de Comunicación fue entregado ayer en Riobamba a Carlos Ochoa, Superintendente de Información. Este cuerpo legal establece que todas denuncias serán resueltas en una audiencia en presencia de acusados y acusadores.

 

El texto dispone que la Superintendencia de la Información y Comunicación tiene potestad sancionadora frente a denuncias presentadas, sin embargo, estás deben ser admitidas cumpliendo el trámite respectivo.

 

Según el reglamento, las denuncia serán resueltas en audiencias con la presencia de las dos partes, tal como sucede en los procesos judiciales.

 

El reglamento tiene como objetivo establecer procedimientos administrativos para conocer y resolver las denuncias sobre posibles vulneraciones de los derechos a la comunicación.

 

En este sentido, el texto señala que la Superintendencia de la Información y Comunicación tiene la atribución de requerir información a todo servidor o servidora pública, ciudadanas y ciudadanos, y actores de la comunicación relacionados con las investigaciones que realice.

 

En el caso de las denuncias que se presenten en la Superintendencia de Comunicación, serán calificadas en un máximo de cinco días, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento.

 

Si falta documentación, se le notificará al accionante para que en dos días termine de completarla.

 

Una vez admitida la denuncia y la respuesta de la persona en contra de quien se ha iniciado el proceso administrativo, la autoridad a cargo de la sustentación del proceso convocará a las partes a una audiencia de sustentación en los cinco días siguientes. 

 

En la audiencia, que se realizará de manera oral, se presentarán las evidencias, documentos y pruebas de cada una de las partes que fueren pertinentes a la denuncia, reclamo o reporte que motivó el trámite.

 

Las resoluciones que impongan sanciones pecuniarias o multas, deberán establecer además el plazo en el que serán canceladas.

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