El COIP sanciona con cárcel a quienes provoquen incendios forestales

Las personas que provoquen incendios directa o indirectamente pueden ser sancionados entre 1 año y 16 años de cárcel.
Personal del Cuerpo de Bomberos de Quito, controla el incendio forestal en el sector de Cochapamba.()
29 ago 2024 , 13:06
Redacción y Televistazo

De acuerdo al portal de estadísticas del ECU 911, en lo que va del año se han gestionado 2 900 emergencias relacionadas con incendios forestales a escala nacional. El año pasado fueron 3 300 en el mismo periodo. Actualmente, son Guayas, Imbabura, Azuay y Pichincha las provincias de mayor incidencia.

No se especifica cuántos fueron incendios provocados, pero el año pasado, el Municipio de Quito sospechaba que era el 99%, por la cantidad de frentes abiertos simultáneamente.

La piromanía o provocar incendios directa o indirectamente es un delito sancionado en el Código Orgánico Integral Penal. Prevé una pena privativa de libertad de uno a tres años, pena que aumentará de 13 a 16 años si el incendio provoca la muerte de una persona.

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Si la persona es denunciada en delito flagrante, la Unidad de Policía Ambiental, lo detendrá para ser procesado. Hay antecedentes como el de 2014, cuando un hombre fue sentenciado a un año de cárcel, una multa de cuatro remuneraciones básicas y a sembrar 800 árboles por provocar un siniestro en los alrededores del río Machángara en Quito.

También hay registros de detenidos por causar incendios estructurales o en viviendas.

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