Navidad y el feriado de enero 2025 tendrán IVA del 8 % para servicios turísticos

La decisión fue oficializada mediante decreto ejecutivo por el presidente Noboa.
Imagen referencial para graficar los adornos navideños. ()
13 dic 2024 , 14:51
Juan Pinchao

El presidente Daniel Noboa oficializó este 13 de diciembre, mediante el Decreto Ejecutivo 482, que el IVA será del 8 % para Navidad y para el largo feriado de enero 2025. Esto aplica para servicios definidos como actividades turísticas.

El Ejecutivo detalló que los días con esa reducción del Impuesto del Valor Agregado (IVA) serán: 25 de diciembre; y desde el miércoles 1 al domingo 5 de enero de 2025.

El miércoles 1 de enero de 2025 es el primer feriado del año. El Gobierno extendió el asueto para el jueves 2 y viernes 3. Con eso son cinco días de descanso, porque se suman el sábado 4 y domingo 5.

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Según el Ministerio de Turismo, la extensión del feriado ayudará a reactivar precisamente el turismo a escala nacional.

En el decreto se dispone que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecute las acciones necesarias para aplicar el IVA del 8 %.

Además, los establecimientos que presten servicios definidos como actividades turísticas deberán emitir los respectivos comprobantes de venta con la tarifa señalada.

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