El plazo para pagar sus deudas y no caer en mora vuelve a 30 días

Los bancos están notificando a sus clientes la nueva resolución de la Junta de Política y Regulación Financiera
10 dic 2022 , 17:26
Redacción

El plazo para no caer en mora ya no será de dos meses como ha venido ocurriendo desde la pandemia de covid-19 en Ecuador, sino que volverá a ser de 30 días como máximo, según lo dispuso la Junta de Política y Regulación Financiera.

La entidad dispuso que solo hasta el 31 de diciembre de 2022 los bancos públicas y privados, así como las cooperativas, califiquen como vencidas las deudas que estén impagas por más de 61 días.

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Entonces a partir del 1 de enero de 2023, las cuotas de los créditos (de consumo, microcrédito en todas sus modalidades, productivos y educativos) que no se paguen dentro de la fecha de vencimiento, ya no tendrán más plazo antes de pasar a la cartera vencida.

Así, desde el primer día del 2023 las cuotas de los créditos que no hayan sido canceladas oportunamente, dentro de su fecha máxima de pago, serán trasladadas a cartera vencida a partir del día 31, a excepción de los créditos de vivienda, que continuarán con las condiciones actuales de traslado de cartera.

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Hasta febrero de 2020, las deudas entraban en esa categoría después del día 15 o 30, de acuerdo con el tipo de crédito, pero el Gobierno de entonces lo cambió para dar facilidades a los clientes.

Pero debido al nuevo cambio, algunos bancos ya empezaron a notificar a sus clientes la decisión de la Junta para que tomen precauciones y mantengan un buen perfil crediticio.

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