Contribución Temporal de Seguridad del SRI: ¿Quiénes y hasta cuándo se debe cumplir con esta obligación tributaria?
La Contribución Temporal de Seguridad (CTS) se constituye como una de las medidas tributarias implementadas por el gobierno de Daniel Noboa para financiar la Crisis Social, Económica y el Conflicto Armado Interno, que fue declarado por el Primer Mandatario el 9 de enero de 2024.
El impuesto recae sobre las sociedades definidas en el artículo 98 de la Ley de Régimen Tributario interno, los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras en el país, que hayan generado ingresos gravados en el ejercicio fiscal 2022 y que hayan obtenido utilidad o beneficios gravables como resultado de estos ingresos.
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Por ello, las grandes y medianas empresas que cumplan con todos los requisitos antes mencionados tendrán que declarar y pagar una tarifa del 3,25% de la utilidad gravada con el Impuesto a la Renta.
Cabe destacar, que los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, micro y pequeñas empresas están excluidos de la CTS.
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A las empresas les queda siete días para cumplir con esta obligación tributaria, es decir, el 31 de marzo, fecha que aplica tanto para el presente año como para el 2025.
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Por ello, las grandes y medianas empresas que cumplan con todos los requisitos antes mencionados tendrán que declarar y pagar una tarifa del 3,25% de la utilidad gravada con el Impuesto a la Renta.
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¿Cómo declarar la contribución temporal?
La declaración y pago se debe de realizar a través del formulario llamado Declaración y Pago para las Contribuciones Temporales, mismo que se utilizó para la declaración de la Contribución Especial Post Covid y que se encuentra en la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI).