¿Cómo se definirá quién va a la lista de terrorismo?
El decreto firmado por el presidente Guillermo Lasso la tarde del miércoles, en su artículo uno, autoriza a las Fuerzas Armadas a realizar operaciones para contrarrestar a personas y organizaciones terroristas, pero, no específica como se las definirá.
El secretario de seguridad, Wagner Bravo, explica que esa definición estará a cargos de las Fuerzas Armadas.
"Hablamos de qué inteligencia comienza con una información; esa información luego del análisis se vuelve inteligencia y determina en tal lugar, tal persona está haciendo esto, en base a eso esa inteligencia pasa a las Fuerzas de Contra terrorismo en el caso del decreto en donde se analizan los cursos de acción y se determina cuál es la mejor acción que se puede hacer":
Para el régimen tampoco hay una contradicción con el artículo 2 del mismo documento en el que se dispone al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas iniciar acciones contra la amenaza terrorista, sin especificar a personas y organizaciones.
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El Secretario de Seguridad aclaró que el decreto solo establece el margen de acción de los uniformados, pero que las operaciones pasarán por atacar a cualquier persona u organización que, de acuerdo a lo que establece el Código Penal, cometa acciones consideradas como terrorismo.
"Hay que entender que Fuerzas Armadas no van a disparar a mansalva al que asome, desde luego estamos haciendo acciones antiterroristas para evitar que el terrorismo llegue a Ecuador, pero como ya están usando estos grupos delincuenciales del crimen organizado técnicas terroristas hay que actuar con el peso y con las unidades especiales".
Las Fuerzas Armadas ya movilizaron sus Unidades Especializadas para cumplir con la ejecución del decreto presidencial.