Andino: votaremos porque no se prive de libertad a mujeres embarazadas

QUITO
23 ene 2014 , 08:50
Redacción

El presidente de la Comisión de Justicia adelantó la postura oficialista sobre el veto al COIP.

El asambleísta y presidente de la Comisión de Justicia, Mauro Andino, indicó que este jueves se aprobará el informe al veto enviado por el Ejecutivo sobre el proyecto del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que no es vinculante, para ser puesto a conocimiento del pleno legislativo para su pronunciamiento. En este sentido, se pronunció en el programa Contacto Directo sobre temas que generan expectativa, como la prisión preventiva para mujeres embarazadas, las visitas íntimas a adolescentes infractores, la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como delito penal, entre otros.

 

“El bloque oficial cree pertinente que no se le prive de la libertad, como consta en el código penal vigente; en este tema vamos a ratificarnos tanto en la comisión de Justicia como en el pleno legislativo, y ojalá contemos con el respaldo del resto de la Asamblea”, dijo Andino.

 

“Nos allanamos a lo que señala el Presidente, hay que precautelar la libertad sexual del adolescente, al permitir que tenga visitas intimas se correría el riesgo de que se irrespete su libertad sexual”.

 

“Al no existir veto a los artículos 145 y 146, del homicidio culposo por mala práctica profesional, ese ya no es un tema ni de la comisión ni de la Asamblea”. 

 

“En el informe borrador consta que nos allanamos a lo que el Presidente sugirió, pero se mantuvieron algunos diálogos y vamos a ratificarnos en el texto que la Asamblea aprobó, es decir que no aceptamos el veto, y que nos pronunciaremos porque sea considerado como contravención, y que sea sancionado con hasta siete días de prisión, siempre y cuando el empleador no afilie a sus trabajadores durante 30 días, y luego 48 horas más”.

 

Sobre la inclusión, como requisito de procedibilidad para acción penal por peculado, de los informes de la Contraloría General del Estado, estableciendo indicios de responsabilidad penal, Andino señaló que “con esto se cierra un capítulo, que estaba sujeto a una resolución de la exCorte Suprema de Justicia, y que podía haber sido cambiado por la actual Corte Nacional de Justicia; al haberla desarrollado en el veto, el asunto se torna más formal, más serio y por lo tanto tendrá que darse cumplimiento, comparto plenamente esta decisión del Presidente”.

 

El artículo 138 de la Constitución del Ecuador establece que “la Asamblea examinará la objeción parcial dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de su entrega y podrá, en un solo debate, allanarse a ella o enmendar el proyecto”, y que para la objeción parcial se necesita el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea; mientras que para allanarse, la mayoría simple de la reunión.