4 pasos para entender lo que significan las enmiendas constitucionales

ECUADOR.- La Asamblea Constituyente de Montecristi modificó la Constitución en el 2008.
03 dic 2015 , 06:00
Redacción

Este jueves, la Asamblea decidirá si se cambian 15 puntos a la Constitución de Ecuador.

 

 

Este 3 de diciembre, el pleno de la Asamblea Nacional se reunirá para revisar y aprobar en segundo y definitivo debate el paquete de 15 enmiendas a la Constitución. El recorrido de este proceso inició en junio de 2014, cuando surgió la propuesta inicial de 17 enmiendas. Pero qué son y en qué medida alteran estas modificaciones a la Carta Magna del país. Revíselo en estos cuatro pasos:

 

En Derecho, se denomina enmienda a una propuesta de modificación de algún documento oficial, especialmente en los artículos y textos de leyes y proyectos de ley. También se conocen como enmiendas a ciertas reformas constitucionales, como por ejemplo las enmiendas a la Constitución de los Estados Unidos o a ciertas modificaciones de tratados internacionales.

 

Las enmiendas en Ecuador plantean modificar 16 artículos de la Constitución en vigencia desde 2008 (con 444 artículos y 30 disposiciones transitorias).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Por tratarse de enmiendas a la Constitución, los proponentes deben solicitar autorización a la Corte Constitucional, ente encargado de garantizar la vigencia y supremacía de la Constitución.

 

El camino de las enmiendas inició el 26 de junio de 2014, cuando la presidenta de la Legislatura, Gabriela Rivadeneira, entregó la solicitud –de 17 modificaciones- a la Corte Constitucional.  El 31 de julio, el trámite fue admitido y se hizo el sorteo en sesión extraordinaria del pleno de la Corte Constitucional, de 12 de agosto de 2014, para así determinar la jueza o juez ponente de este proceso que recayó en Wendy Molina.

 

 

 

 

Tres meses después, el 31 de octubre de 2014, el pleno de la Corte Constitucional aprobó el dictamen No. 001-14-DRC-CC, con el que avala a la Asamblea Nacional como órgano competente para tramitar las enmiendas.

 

 

 

 

Según el artículo 441 de la Constitución, el proyecto se tramitará en dos debates, el segundo se realizará de modo impostergable en los treinta días siguientes al año de realizado el primero. Este 3 de diciembre, un año después de la serie de socializaciones y jornadas de diálogo, el pleno de la Asamblea Nacional realizará el segundo y definitivo debate del paquete de las enmiendas.

 

Para la aprobación se requieren las dos terceras partes de la Asamblea (integrada por 137 legisladores), es decir, 92 votos. El movimiento oficialista tiene 99 asambleístas. Para este debate, la presidenta de la Asamblea convocó también a los legisladores alternos de los 137 principales.

 

 

 

 

 

 

 

Luego de aprobado por la Asamblea Nacional, resta la publicación en el Registro Oficial. La Corte Constitucional hará allí su examen posterior, de acuerdo con lo que establece la ley.