MIES: En Ecuador no existe un proceso de adopción establecido en casos de violación

El ministro Esteban Bernal dice que es necesario una normativa que contemple la adopción desde el vientre.
MIES: en Ecuador no existe un proceso de adopción establecido en casos de violación
24 ene 2022 , 21:24
Gisella Rojas

"Dar al hijo en adopción" es la alternativa que se ha planteado, tanto dentro como fuera de la Asamblea Nacional, a propósito del proyecto de Ley de aborto en casos de violencia sexual.

Pero ¿aquello es una posibilidad real en Ecuador?

En una entrevista con Ecuavisa.com el ministro de Inclusión Económica y Social (MIES), Esteban Bernal, habla sobre el tema.

P: Si una víctima de violencia sexual opta por dar a su hijo en adopción, ¿cuál es el proceso actual que se sigue?

R: Cuando iniciamos esta administración en el Ministerio habíamos determinado proyectos emblemáticos en el Gobierno del encuentro, uno de ellos, el denominado "Abrazo de adopción" que, busca en términos generales, independiente de la circunstancia del niño o niña, reducir el número de meses que lamentablemente era un viacrucis y terminaba siendo, no menos, de tres años, o cuatro años la cantidad de tiempo que vivían los niños y niñas y padres en condiciones de adoptabilidad.

Hoy hemos logrado una reducción a nueve meses, más allá de la condición de cómo viene el niño o niña al mundo, se lo pueda dar para cualquier proceso de adopción.

P: (Reiteramos la pregunta) En el caso concreto de una víctima de violencia sexual ¿existe un proceso específico si opta por la adopción?

R: En este momento no existe una normativa, no se ha reglamentado, se ha legislado con respecto a esto en la Asamblea Nacional. De hecho, la asambleísta Nathalie Arias lleva adelante un proceso para incorporar en la Ley que se debate, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional, que también exista la posibilidad de la adopción inclusive en el vientre. Ese es un tema que debe de normarse.

P: Debido a que no existe actualmente un reglamento para estos casos (embarazo producto de violación), aquello implicaría reformar el Código de la Niñez y Adolescencia.

R: Hay que diferenciar dos momentos, primero cuando se pueda producir la adopción en el mismo vientre, este es un tema que requiere una normativa específica, una Ley distinta, una iniciativa legislativa que, reitero, lo lleva adelante la asambleísta Nathalie Arias.

En el momento en que el niño o niña nace por decisión de la madre que ha sido producto de una violación es pendiente de un proceso normal, el cual ya está reglamentado, existe una normativa institucional interna que puede viabilizar con celeridad.

P: Entonces, ¿cuánto tiempo tomaría el proceso? ¿podría ser un plazo menor para estos casos?

R: Primero entramos en el proceso de optimización de tiempos para que se pueda tener a nueve meses como el tiempo máximo. Sin embargo, al darse esta realidad (embarazo producto de violación), nosotros hemos entrado con el equipo de adopción para dar seguimiento. Luego acompañamiento a la madre para que durante el tiempo de gestación pueda realizar la declaratoria de adoptabilidad a partir del nacimiento del niño. Solo entonces se configura la posibilidad de acuerdo a la normativa actual, esto bajo la posibilidad de que se reforme la Ley y podamos hacerlo desde el vientre. Hoy por hoy no.

Nosotros lo que hemos hecho es una acción anticipada: realizamos acompañamiento para que se pueda llevar a cabo la declaratoria de adoptabilidad que es un tema de carácter judicial. Luego hay que hacer una valoración de la familia extendida, esto es importante porque la prioridad no es la adopción, per se, es la familia extendida como primera acción que lleva el MIES.

Mira la respuesta completa en el video:

P : Sin embargo, los perpetradores en muchos casos son familiares de la víctima, en ese sentido, ¿qué criterios se manejarían para la reinserción familiar?

R : Hay un momento en la línea de tiempo que hemos determinado en ocho pasos, uno de ellos, el quinto, entra el proceso de la familia idónea. La familia idónea está investigada por técnicos profesionales del ministerio de Inclusión Económica y Social.

Si existe una condición como la que usted menciona va a ser evaluado por nuestros técnicos, y si es que la familia extendida no es la adecuada, ni la idónea, tenemos que buscar una alternativa distinta que tiene que cumplir la idoneidad para que sea acogido en un espacio adecuado por el ministerio.

P: Actualmente ¿cuántos niños están con declaratoria de adopción?

R: En este momento tenemos aproximadamente con declaratoria de adoptabilidad a 140 niños y niñas en las casas de acogida. Sin embargo, existen más de 2.065 niños, niñas y adolescentes que se encuentran en las casas de acogida en todo el país. No todos ellos entran en un proceso de adoptabilidad porque existen pasos sobre lo que requiere para el niño, como la familia extendida, la última instancia es el proceso de adopción.

P: De ellos, ¿cuántos han sido casos de adopción por consentimiento?

R: No es un asunto que pueda ser públicamente expuesto. Sin embargo, le debo mencionar que en las casas de acogida tenemos todo tipo de niños, niñas, y adolescentes (...) Están por abandono, probablemente lo que usted menciona forma parte de esto, que hayan sido producto de una violación, lo más importante es que los niños están en acogimiento institucional y esa es la obligación del Estado.

Sin embargo, sobre lo que hemos tratado depende de una nueva normativa para que tenga una aplicabilidad más específica.

En este reportaje se puede leer los desafíos de la adopción en Ecuador.

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