Hoy se decide la suerte de Verónica Abad, ¿qué se espera del dictamen de la jueza Vera?
La audiencia para decidir sobre el futuro de la vicepresidenta Verónica Abad se desarrollará hoy.
Este 5 de diciembre de 2024, se reinstala la audiencia de acción de protección que interpuso la vicepresidenta Verónica Abad contra el Ministerio de Trabajo por la suspensión del cargo durante 150 días, como consecuencia del sumario administrativo levantado en su contra.
La cita se adelantó, estaba prevista para el próximo lunes 9 de diciembre, pero finalmente fue convocada a las 09:00 de hoy, bajo el pretexto de que había disponibilidad de espacio físico en el Complejo Judicial Norte.
Ecuavisa.com explica los escenarios que se desprenden de las posibles decisiones de la jueza Nubia Vera.
Lo que se espera de la audiencia de este 5 de diciembre
Todavía hay una larga lista de amicus curiae que deben ser despachados. Se presentaron más de 40 y la magistrada ha dado la oportunidad para que los ciudadanos expongan sus argumentos a favor de Abad de manera detallada.
Luego, las partes procesales podrán retomar la palabra para hacer sus alegatos finales. Es posible que hable la presunta víctima de las vulneraciones, la vicepresidenta Abad. A continuación, la jueza deberá dictar sentencia oral y, posteriormente, notificarla por escrito en un plazo de 48 horas.
Sin embargo, aunque no está explícitamente contemplado en la ley, los jueces suelen suspender las audiencias antes de emitir una resolución y luego convocar a las partes para los próximos días.
Una vez conocida la decisión, ambas partes podrán presentar impugnaciones a la resolución, aunque esta se aplica de inmediato, es decir, si conceden a Abad la acción de protección, entonces recuperará el cargo.
De la postura que adopte la magistrada dependerá si la Vicepresidenta reemplazará al presidente Daniel Noboa cuando él emprenda su campaña por la reelección en menos de un mes.
¿Qué pasará si la jueza concede la acción de protección a Verónica Abad?
Una acción de protección aplica cuando se considera que existe una vulneración a los derechos de un ciudadano.
El abogado constitucionalista Miguel Molina, quien también firmó un amicus curiae, dice que es evidente que se vulneraron los derechos políticos de Abad. A su criterio, la principal razón es que el Ministerio de Trabajo no tenía la potestad de decidir sobre la suspensión de la funcionaria, explica que el único juez natural que puede determinar acciones en su contra es la Asamblea Nacional.
El abogado constitucionalista José Chalco también coincide en que la decisión no tuvo una base legal en la Carta Magna. De hecho, en el primer día de audiencia, el abogado del Ministerio de Trabajo no pudo explicar con base en qué artículo se resolvió que lo oportuno era dictar los 150 días de suspensión y no más o menos.
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El evento se viralizó en redes sociales porque el servidor se tomó unos 20 minutos en responder y finalmente argumentó que la decisión se tomó con base en la sana crítica.
Si la jueza Vera coincide en que hubo una vulneración y otorga la acción de protección a Abad, entonces recuperará su cargo como Vicepresidenta y Noboa podría otorgarle nuevamente funciones, tal como consta en la Constitución, incluso podría nuevamente enviarla como embajadora en Israel o Turquía. Pero, cuando Noboa tenga que retirarse de la Presidencia, ella debería ocupar el sillón de Carondelet.
¿Y si la jueza niega el pedido de la Vicepresidenta?
Si la jueza encuentra que no se atropellaron los derechos de la Segunda Mandataria, entonces se mantendrá la suspensión por 150 días. Como la Constitución establece que el periodo máximo de ausencia temporal de una dignidad de ese cargo es de 90 días, luego de ese tiempo perderá por completo el puesto.
Sin embargo, en ambos casos estarían pendientes las apelaciones, que deberían tramitarse en el menor tiempo posible, pero que podría extenderse hasta al final de la primera vuelta.
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También cabe una tercera decisión y otra acción de protección
El artículo 142 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales establece que los jueces pueden suspender la tramitación de la causa para remitir el expediente a la Corte Constitucional para que resuelva sobre la constitucionalidad de una norma, siempre que haya una duda razonable. La Corte tiene 45 días para pronunciarse.
Por otro lado, hay otra acción de protección que presentó Abad por el inicio del sumario administrativo en su contra y que la Corte Provincial no pudo responder, el trámite ahora está en la Corte Constitucional.
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